Beneficios sociales![]() La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas![]() Decreto 679/22 de la Prov. de Santiago del Estero - Honores y asistencia social ante el fallecimiento de un veterano de guerra; y entrega de medalla conmemorativa a beneficiarios de la pensión de guerra Sanción : 1 de abril de 2022 Artículo 1 : Otórguese asistencia social ante el fallecimiento de un veterano de guerra, a quien o quienes tomaran a su cargo los gastos funerarios, siempre que el veterano fallecido no haya estado afiliado a alguna cobertura de servicios de sepelio, para lo cual el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos articulará los mecanismos administrativos necesarios para dar inmediata operatividad de lo dispuesto por el presente. Artículo 2 : Honores a veteranos de guerra - Ante el fallecimiento de un veterano de guerra de Malvinas registrado como beneficiario de la pensión de guerra honorífica provincial, se deberá: Artículo 3 : Reconocimiento - Mandar a acuñar medallas conmemorando el "40º Aniversario de la Gesta de Malvinas" para ser entregada a cada beneficiario de la pensión de guerra honorífica provincial, consignando en las mismas su nombre y apellido en reconocimiento por los servicios brindados a la Patria en la gesta del Atlántico Sur. Artículo 4 : Las erogaciones provenientes del presente decisorio serán solventadas con fondos correspondientes a las partidas 514 y 399 del programa 22 a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en su carácter de autoridad de aplicación y quien se encuentra facultado para el dictado de actos administrativos reglamentarios que pudieran corresponder. Artículo 5 : Comuníquese.
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